§ 1: Finalidad de la casa y normas de baño
(1) El reglamento de casa y baño sirve para garantizar la seguridad, la limpieza y el orden en las piscinas cubiertas y descubiertas de la Ciudad Federal de Bonn.
§ 2: Obligaciones de la casa y normas de baño
(1) Las normas de la casa y del baño son vinculantes para los bañistas. Las disposiciones legales se aplican al contrato celebrado en la taquilla.
(2) El personal u otras personas autorizadas de la Oficina de Deportes y Baños ejercen derechos domiciliarios. Deben seguirse las instrucciones del personal o de las personas autorizadas de la oficina. Los bañistas que infrinjan las normas domiciliarias y de baño pueden ser expulsados de los baños. En caso de expulsión de los baños, no se reembolsará la cuota.
Además, en función de la gravedad de la infracción, la dirección de la Oficina de Deportes y Baños o sus representantes autorizados podrán imponer una prohibición temporal o permanente.
(3) El reglamento de la casa y de los baños se aplica a las operaciones generales de baño. Se pueden autorizar excepciones para eventos especiales o para el uso por parte de determinados grupos de personas (por ejemplo, natación escolar y de clubes) sin que sea necesario levantar el reglamento de baños.
(4) Las actividades políticas, los actos, las manifestaciones, la distribución de material impreso, la exhibición de carteles o avisos, la recogida de listas de firmas y el uso de la piscina para fines comerciales u otros no relacionados con la piscina sólo están permitidos con la autorización de la Autoridad Deportiva y de Piscinas.
(5) La enseñanza o la práctica de la natación en grupo sólo está permitida previa autorización expresa de la Autoridad de Deportes y Piscinas.
§ 3: Horarios y tarifas
(1) El horario de apertura y la tarifa se publican en la entrada de la piscina y en el sitio web de la Ciudad Federal de Bonn.
(2) El horario de baño y ducha finaliza 15 minutos antes del final del horario de apertura.
(3) La entrada a las piscinas cubiertas y al aire libre se cierra 40 minutos antes del final del horario de apertura.
(4) Los bañistas deben abandonar las instalaciones de la piscina antes de que finalice el horario de apertura.
(5) Podrán estipularse requisitos de admisión y horarios de apertura especiales para la natación escolar y de clubes, así como para cursos y eventos para determinados grupos de personas.
(6) En caso de extravío, no se reembolsarán las entradas u otras autorizaciones de acceso adquiridas.
(7) En caso de cierre de piscinas o de partes de las mismas, no se tendrá derecho a reembolso ni a reducción del precio de entrada.
(8) Si se solicita un descuento de acuerdo con el reglamento de tasas, el derecho deberá acreditarse ante el personal de la empresa explotadora u otras personas autorizadas por ésta mediante el correspondiente documento de identidad.
al personal del operador o a otras terceras personas autorizadas por el operador previa solicitud en cada admisión.
(9) El uso indebido de vales de admisión o pases especiales conllevará, por lo general, cargos penales, la confiscación del vale de admisión o pase y la prohibición de acceso al recinto. En el reglamento de tasas podrán establecerse otras consecuencias.
(10) En caso de pérdida de abonos o entradas múltiples, sólo se concederá una sustitución previa presentación de un recibo válido. Sin recibo no se tendrá derecho a la sustitución.
§ 4: Acceso
(1) En principio, toda persona es libre de visitar los baños; en determinados casos pueden imponerse restricciones.
(2) Todo bañista debe estar en posesión de una entrada válida o de una autorización de acceso a los baños.
(3) Los niños menores de 7 años sólo pueden acceder a los baños acompañados de un adulto que esté obligado a vigilarlos en todo momento y sea responsable de su seguridad.
Las personas que no puedan desplazarse o vestirse y desvestirse con seguridad sin ayuda o que sean propensas a sufrir convulsiones y desmayos sólo podrán utilizar las piscinas junto con una persona responsable que pueda prestarles la asistencia adecuada en caso necesario.
(4) No se permite el acceso a las personas que, entre otras cosas
- que se encuentren bajo los efectos de sustancias tóxicas,
- que lleven animales consigo
- que padezcan una enfermedad transmisible de declaración obligatoria en el sentido de las disposiciones legales o heridas abiertas o erupciones cutáneas (en caso de duda, se podrá solicitar un certificado médico).
§ 5: Comportamiento en las piscinas
(1) Los bañistas deben abstenerse de hacer cualquier cosa contraria a las buenas costumbres y al mantenimiento de la seguridad, la paz y el orden. En particular, está prohibido el acoso sexual, por ejemplo mediante gestos lascivos, comentarios e insinuaciones físicas.
El acoso sexual siempre dará lugar a cargos penales y a la prohibición de acceso a las instalaciones.
(2) Las instalaciones de la piscina, incluidos los artículos de alquiler, deben tratarse con cuidado. En caso de uso indebido o daños, el huésped que se bañe será responsable de los daños ocasionados. En caso de ensuciamiento culposo que exceda el uso previsto, podrá aplicarse un cargo especial de limpieza, cuyo importe se determinará en cada caso en función de los gastos.
(3) No se podrá acceder a las zonas descalzas con calzado de calle. Cualquier elemento auxiliar, como sillas de ruedas, andadores o maletas con ruedas, deberá ser limpiado por el bañista o su acompañante antes de entrar en la zona para bañistas descalzos.
(4) No se permite a los bañistas utilizar instrumentos musicales, dispositivos de reproducción de sonido o imagen y otros medios si ello causa molestias a otros bañistas.
(5) No está permitido fotografiar ni filmar a otras personas o grupos sin su consentimiento. Para fines comerciales y para la prensa, la fotografía y la filmación requieren la autorización previa de la Autoridad Deportiva y de Piscinas.
(6) El cuerpo debe estar limpio antes de utilizar las piscinas. No está permitido afeitarse, cortarse las uñas, teñirse el pelo, etc.
(7) Todo bañista debe ser consciente de los peligros típicos del baño, extremando la precaución.
(8) La comida y la bebida sólo podrán introducirse para consumo personal y sólo podrán consumirse en las zonas habilitadas para ello.
(9) El uso de equipos deportivos y de juego sólo está permitido con el consentimiento del personal de vigilancia.
(10) No está permitido introducir en el recinto recipientes frágiles (por ejemplo, recipientes de cristal o porcelana).
(11) Está prohibido fumar en todas las habitaciones, así como en los alrededores de las piscinas, en el césped entre las piscinas, en la zona de espera y alrededor del quiosco de las piscinas al aire libre. Las zonas en las que está permitido fumar se acondicionan de forma que no causen molestias al personal ni a los demás bañistas. Esto también se aplica a los cigarrillos eléctricos (calentadores y vaporizadores).
(12) Los objetos perdidos deben entregarse al personal y se tratarán conforme a las disposiciones legales.
(13) Las taquillas de los vestuarios y/o las taquillas para objetos de valor sólo podrán ser utilizadas por los bañistas durante el periodo de validez de su autorización de acceso. No se tiene derecho a su uso. Después de la hora de cierre, se abrirán todas las taquillas y taquillas para objetos de valor que sigan cerradas y, en caso necesario, se vaciarán. El contenido se tratará como objetos perdidos.
(14) Las tumbonas y sillas no podrán cubrirse permanentemente con toallas, bolsas u otros objetos. Los objetos colocados en las tumbonas y sillas serán retirados por el personal en caso necesario.
(15) El acceso a las instalaciones de baño sólo está permitido a través de los pasillos y escaleras previstos a tal efecto. Sólo se podrá acceder descalzo o con calzado de baño a los pasillos de las cabinas individuales, los vestuarios y los vestuarios a las duchas y las piscinas, así como a todas las demás salas de esta zona y a los alrededores de las piscinas. Después de cambiarse, sólo se podrá salir de las cabinas individuales y de los vestuarios por la puerta que da al pasillo de las botas.
§ 6: Responsabilidad
(1) Por regla general, la Ciudad Federal de Bonn no es responsable de los daños sufridos por los bañistas. Esto no se aplica a la responsabilidad por incumplimiento de una obligación contractual esencial ni a la responsabilidad por daños sufridos por el bañista como consecuencia de lesiones contra la vida, la integridad física o la salud, ni tampoco a los daños sufridos por el bañista como consecuencia de un incumplimiento doloso o gravemente negligente del deber por parte de la Ciudad Federal de Bonn, sus representantes legales o auxiliares ejecutivos. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento es imprescindible para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento puede confiar regularmente el usuario.
(2) Una obligación contractual esencial de la Ciudad Federal de Bonn es, en particular, pero no exclusivamente, el uso de las instalaciones de baño, a menos que estén parcialmente cerradas por razones operativas imperiosas, así como permitir la participación en los eventos ofrecidos e incluidos en la tarifa.
(3) Se recomienda expresamente a los bañistas que no lleven objetos de valor a los baños. La Ciudad Federal de Bonn no asume ninguna vigilancia ni obligación de cuidado por los objetos de valor introducidos. La ciudad de Bonn sólo se responsabiliza de la pérdida de objetos de valor, dinero en efectivo y ropa de acuerdo con las disposiciones legales. Esto también se aplica a los daños causados a los objetos por terceros.
(4) El depósito de dinero u objetos de valor en taquillas y/o cajas de seguridad puestas a disposición por la Ciudad Federal de Bonn no crea ninguna obligación por parte de la Ciudad Federal de Bonn con respecto a los objetos depositados. En particular, no se establece ninguna obligación de custodia. Es responsabilidad exclusiva del usuario, cuando utilice una taquilla de guardarropa y/o una caja de seguridad, cerrarlas correctamente, comprobar que el dispositivo respectivo está bien cerrado y guardar las llaves en un lugar seguro.
(5) Algunas de las taquillas y/o cajas de seguridad facilitadas disponen de cerraduras de depósito de monedas. En caso de pérdida de la llave de la cerradura de depósito de monedas, el bañista deberá abonar una indemnización por la llave por el importe especificado en el reglamento de tasas. En este caso, o si se ha perdido la llave de la cerradura, sólo se entregará el contenido de la taquilla una vez que se haya presentado la prueba de propiedad. No se abonará indemnización alguna por los daños causados a la cerradura introducida.
§ 7: Normas de comportamiento para el baño
(1) Los bañistas son responsables de cerrar y guardar sus propias taquillas y/o taquillas para objetos de valor.
(2) Deberá llevarse en todo momento un bañador adecuado en toda la zona de baño. El bañador debe cubrir al menos por completo las características sexuales primarias. No está permitido acceder a la zona húmeda de los baños con ropa de calle, zapatos o bolsos.
(3) Está prohibido saltar desde un lado, empujar o lanzar a otras personas a las piscinas.
(4) Las atracciones acuáticas que se ofrecen requieren precaución y consideración hacia los demás bañistas.
(5) El uso de instalaciones de buceo y toboganes acuáticos va más allá de los peligros típicos del baño. Los bañistas deben adaptar su comportamiento en consecuencia. Estas instalaciones sólo podrán utilizarse previa autorización del personal.
(6) El acceso a las plataformas y trampolines de buceo sólo está permitido de forma individual. Los saltos sólo están permitidos en sentido longitudinal, para lo cual el bañista que salta debe asegurarse primero de que esto es posible sin poner en peligro a los demás. Tras el salto, deberá abandonarse inmediatamente la zona situada bajo la plataforma de salto. No está permitido nadar en la zona de saltos mientras se utilizan las instalaciones de saltos.
(7) Los toboganes acuáticos sólo podrán utilizarse de acuerdo con las señales colocadas, deberá mantenerse la distancia de seguridad al deslizarse y deberá abandonarse inmediatamente la zona de aterrizaje.
(8) El uso de gafas de protección ocular (gafas de natación) corre por cuenta y riesgo del usuario.
(9) El personal puede restringir o prohibir el uso de equipos de ejercicio, entrenamiento o juego y deportes que se lleven consigo.
(10) En caso de tormenta, las piscinas, las pasarelas y las zonas de césped de las piscinas al aire libre deberán desalojarse inmediatamente y se visitarán las zonas protegidas.
IV Disposiciones finales
§ 8: Entrada en vigor
La presente normativa sobre viviendas y baños entrará en vigor el 15 de junio de 2023. Al mismo tiempo, expirará el reglamento de vivienda y baño para los baños de la Ciudad Federal de Bonn de fecha 15 de abril de 2016.
El Consejo de la Ciudad Federal de Bonn adoptó el reglamento de vivienda y baño para los baños de la Ciudad Federal de Bonn en su reunión del 13 de junio de 2023.
Bonn, 20 de junio de 2023
Dörner
Señor Alcalde